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ORDENANZAS MUNICIPALES

ORDENANZA MUNICIPAL

ORDENANZA REGULADORA DE LA TASA POR OCUPACIÓN DE USO PUBLICO LOCAL CON MERCANCIAS, MATERIALES DE CONSTRUCCIÓN, ESCOMBROS, VALLAS, PUNTUALES , ASNILLAS, ANDAMIOS Y OTRAS INSTALACIONES ANALOGAS

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MODIFICACIÓN: BOP 08-01-2001

El Texto íntegro de la modificación de las Ordenanza Fiscal T-U-2

TU-2 OCUPACIÓN DE TERRENOS DE USO PÚBLICO CON MERCANCÍASY ESCOMBROS, es el siguiente que ahora se publica íntegramente:

a) Aprobar inicialmente la siguiente modificación, al anexo de la tasa citada:
Donde decía:
«La cuantía de la Tasa por día de ocupación de la vía pública, independientemente de los metros y vía pública ocupada será de ..................................................... 100 ptas.»

Se modifica por el siguiente texto:
«La cuantía de la Tasa por día de ocupación de la vía pública, independientemente de los metros y vía pública ocupada será de ....................................................... 200 ptas.»

Queda prohibido cerrar la vía pública debido a la ocupación.

Caso contrario se aplicará un incremento a la Tasa correspondiente de 1000 ptas. por día. Sólamente se permitirá cerrar la vía pública, previa autorización municipal por razones de urgencia.»

La entrada en vigor de dicha modificación comenzará a regir el día 1 de Enero de 2001.

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