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ORDENANZAS MUNICIPALES

ORDENANZA MUNICIPAL

ORDENANZA REGULADORA DEL IMPUESTO SOBRE BIENES INMUEBLES

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1ª MODIFICACIÓN BOP 30-12-2011

Primero. Modificación de la Ordenanza reguladora del Impuesto Sobre Bienes Inmuebles.
El artículo 3 (exenciones), apartado 3, queda redactado de la siguiente forma:
“3. Exenciones potestativas de aplicación de oficio. También estarán exentos los siguientes bienes inmuebles situados en el término municipal de Valle de la Serena:
a) Los de naturaleza urbana, cuya cuota líquida sea inferior a 6,00 euros.
b) Los de naturaleza rústica, en el caso de que para cada sujeto pasivo, la cuota líquida correspondiente a la totalidad de los bienes rústicos poseídos en el término municipal sea inferior a 6,00 euros.â€
El artículo 9 (cuota tributaria, tipo de gravamen y recargo), apartado 3.a), queda redactado de la siguiente manera:
“3. Los tipos de gravamen aplicables en este municipio serán los siguientes:
a) Bienes inmuebles de naturaleza urbana: Tipo de gravamen general: 0,48 %â€.
El resto de la Ordenanza queda sin modificaciones.

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